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Amaga Segob con cancelar circulación de revista que publicó declaraciones de músico de Molotov sobre marihuana

Por:  / 24 agosto, 2015
CENSURA
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(24 de agosto, 2015. Revolución TRESPUNTOCERO).- Una frase de Tito Fuentes, músico de la banda Molotov, en la que habló de su primer acercamiento con la cannabis -a la edad de 13 años- y recomendó a quienes deseen probarla iniciar su consumo después de los 21, publicada en Cáñamo México, crispó a funcionarios de la Secretaría de Gobernación (Segob), quienes acusan a la revista de transgredir “la moral o las buenas costumbres”, y amagan con no permitir su circulación en nuestro país.
El cuatro de agosto, la Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Segob, envió a las instalaciones de la publicación, un oficio identificado con la numeración STCCPRI/295/2015, en el que informó que se citaba a los representantes legales de Cañamería Mexicana S.A. de C.V., a una audiencia reglamentaria para el 14 de agosto, ya que la publicación podría haber incurrido “en transgresiones a la normatividad vigente y podría ser declarada ilícita y por lo tanto no permitirse su circulación”.
Según el documento, la decisión de llamar a cuentas a la revista, se tomó en reuniones efectuadas entre el 27 de mayo y el 29 de julio de 2015. A través de la misiva, informaron al medio, que existía un dictamen -incluido en el expediente administrativo CCPRI/3/TC15/20415- para citar a sus representantes; sin embargo, sin mediar explicación alguna, la audiencia fue aplazada.
En la primera parte del dictamen, se describen las características generales de la revista: índice, contenidos escritos, contenidos visuales, publicidad, etcétera. En un apartado denominado “Observaciones”, se señala que en el número uno de la publicación, “…se incluyen textos en los que indirectamente se hace apología del consumo de cannabis con fines recreativos y se hacen recomendaciones respecto a la edad adecuada para empezar a consumirlo”.
Un párrafo más abajo se puede leer: “es necesario determinar si los textos de carácter técnico referentes a la producción y autocultivo de cannabis, así como a sus aplicaciones en el tratamiento de diversos padecimientos, presentan violaciones al marco jurídico”.
En el apartado denominado “Consideraciones Jurídicas”, el dictamen señala que “en referencia al artículo 6° fracción I del Reglamento Sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas, se observó que la publicación pudiera contener escritos e imágenes que directa e indirectamente induzcan o fomenten vicios o constituyan por sí mismas un delito”.
El mismo, concluye señalando que: “en referencia al artículo 6° fracción IV del Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas, es pertinente mencionar que la edición analizada de la publicación pudiera proporcionar enseñanza de los procedimientos utilizados para la ejecución de hechos contrarios a las leyes, la moral o las buenas costumbres. Lo anterior ya que presenta varios textos con información técnica referente a la producción y autocultivo de cannabis, así como a sus aplicaciones en el tratamiento de diversos padecimientos; además de publicidad de productos y servicios para su cultivo”.
Pero los señalamientos de la Secretaría Técnica de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Segob no paran ahí; en el documento se considera necesario solicitar a la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), “su opinión sobre si la publicación ha transgredido el marco normativo aplicable”.

Segob contra la libertad de expresión
La senadora Martha Tagle Martínez y el diputado federal Fernando Belaunzarán Méndez consideran que el procedimiento iniciado por la Segob -al mando de Miguel Ángel Osorio Chong, hombre de confianza de Peña Nieto- “tiene un efecto inhibitorio sobre el ejercicio de la libertad de expresión”, consagrado en el artículo 6 de la Constitución Política; en los artículos 19, párrafo 2, del Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles y 13, párrafo 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
A través de un punto de acuerdo, los legisladores señalaron que lo expresado por Tito Fuentes es una recomendación condicional a una decisión preexistente de consumir cannabis, que se dirige a quien ya decidió hacerlo y únicamente recomienda circunstancias específicas –de edad- que permitirían minimizar daños y riesgos en el consumo.
Belaunzarán –promotor de la despenalización del consumo de marihuana en nuestro país- sostiene que la Segob plantea las declaraciones del músico como una conducta ilícita y en sí misma culpable, por lo que “una interpretación así de laxa de lo publicado, no sólo es amenazante, sino que obliga a cuestionarse sobre la buena fe de la autoridad al dictaminar”.
Los legisladores argumentan que la notificación de la Secretaría de Gobernación a Cáñamo México resulta amenazante y, en consecuencia, produce un efecto inhibidor sobre el ejercicio de la libertad de expresión.
“El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha delimitado el contenido de este derecho señalando que comprende tanto la libertad de expresar el pensamiento propio (dimensión individual), como el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole…la libertad de expresión garantiza un intercambio de ideas e informaciones que protege tanto la comunicación a otras personas de los propios puntos de vista como el derecho de conocer las opiniones, relatos y noticias que los demás difunden”, argumentaron los legisladores.
Agregaron que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que “todas las formas de discurso están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, independientemente de su contenido y de la mayor o menor aceptación social y estatal con la que cuenten”, lo que implica que el contenido de Cáñamo México es un discurso protegido, tomando en cuenta que el objetivo de la publicación no es fomentar el consumo de drogas, sino contribuir al debate del tema.
“El escrito de la Secretaría de Gobernación amenaza con una eventual sanción penal. Si permitimos que ese proceder pase sin un llamado legislativo al respeto de la libertad de expresión, estaremos contribuyendo a la inhibición de ese derecho; si no defendemos la libertad de expresión, contribuiremos a socavar la herramienta sobre la que descansa la deliberación parlamentaria misma”, señaló Belaunzarán Méndez.
Los legisladores solicitaron que la Secretaría de Gobernación privilegie el respeto a los derechos humanos en los dictámenes de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas; que la PGR emita un dictamen en el que se especifique que las declaraciones del músico de Molotov están protegidas por el derecho a la libertad de expresión y por lo tanto, no pueden considerarse un delito y que la Cofepris privilegie un debate informado sobre el uso de cannabis.

Cáñamo México
La revista que incomodó, por su contenido, a la Secretaría de Gobernación, es una publicación originaria de España, que tiene 18 años de circulación en varios países de Europa y desde hace 10 años, existe una versión en Chile.
Apenas el pasado cuatro de mayo comenzó a circular en nuestro país. Su consejo incluye a miembros de la editorial española, mientras que el Comité Editorial está integrado por Leopoldo Rivera, Julio Zenil y Carlos Martínez Rentería.
Cáñamo México es una publicación dirigida a mayores de edad interesados en conocer la cultura y situación de la cannabis en México y en general, en el ámbito internacional.
Entre las publicaciones que circulan con contenidos similares a Cáñamo están: Grow!, en Alemania; Haze y THC, en Argentina; SemSemente, de Brasil; Cannabis Culture, con circulación en Canadá; Tricoma, de Colombia; Weeds, con presencia en Colombia y Chile; Cannabis Magazine y Yerba, en España; High Times, en los Estados Unidos;  Soft Secrets, realizada en Holanda pero con distribución internacional; Cannabis Kultusz y Medijuana, de Hungría; DolceVita, de Italia; Weed World, en el Reino Unido; Legalizace, en la República Checa, entre otras.
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