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Pese a demostrar que se autoinculparon por ser víctimas de tortura, indígenas obtienen su libertad pero no su inocencia

MORENA, CNDH, LIDER INDÍGENA
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(22 de octubre, 2016. Revolución TRESPUNTOCERO).- Margarita Gómez López, acudió en la Agencia del Ministerio Público en de Teopisca, Chiapas, a realizar trámites funerarios para la entrega del cuerpo de su hermano Juan Pérez Gómez, cuyo cadáver se había encontrado un día antes, poco después se trasladó, junto con su hijo de un año y siete meses, al cementerio municipal, cuando fue detenida por elementos de la Policía Especializada quienes la subieron a una patrulla y la llevaron a las oficinas de la Agencia del Ministerio Público en donde se encontraba su esposo David Hernández Gómez.
Margarita afirmó que en aquel sitio, la agredieron verbalmente, por no poder callar a su hijo, quien lloraba porque tenía hambre. Asegura que a su esposo David, los elementos de la policía le pidieron que subiera al piso de arriba, a un cuarto donde lo sometieron, le dieron cachetadas y le dijeron que confesara cómo había matado al hermano de su esposa. Después lo amordazaron y lo golpearon en el estómago, insistiendo que se autoinculpara del asesinato de Juan.
Margarita y David son dos indígenas sobrevivientes de tortura perpetrada por elementos de la policía especializada de Chiapas, Revolución TRESPUNTOCERO ha dado seguimiento al caso, narrando como desde 24 y 25 de abril de 2014, en las instalaciones de la agencia del Ministerio Público en Teopisca y en las instalaciones de la Fiscalía de Distrito Altos en San Cristóbal de Las Casas, ambas víctimas fueron violentadas física y psicológicamente.
La tortura se dio desde el momento de su detención, traslado e incluso cuando fueron puestos a disposición ante el Ministerio Público y no concluyó hasta hacerles firmar una declaración ministerial autoinculpatoria por homicidio.
Tales hechos de tortura fueron documentados por personal del Centro de Derechos Humanos Frayba, y al mismo tiempo ratificados por peritos psicológicos y médicos en la aplicación del Protocolo de Estambul y en atención psicosocial a sobrevivientes de tortura.
La privación de libertad de Margarita y David fue por orden del Fiscal del Ministerio Público en Teopisca, Pedro López Girón, sin contar con orden de aprehensión, argumentando no haberla emitido por “urgencia” del caso.
Sin embargo, de acuerdo a la documentación realizada por el mismo Centro de Derechos Humanos, “no existió motivación de urgencia o flagrancia que fundamentara o justificara las detenciones, por lo que puso en estado de indefensión a Margarita y David”. Ya que la detención derivó en los hechos de tortura.
Tal como lo informó Revolución TRESPUNTOCERO, tras no lograr que David aceptara la culpabilidad, lo amenazaron con tirarlo por una ventana y después le dieron toques eléctricos.
Le colocaron un costal en la cabeza y los policías continuaron golpeándolo en varias partes del cuerpo. Ante la negativa de David a responder las acusaciones de los policías, lo amenazaron con violar a su esposa.
Inmediatamente después él y Margarita junto a su hijo, fueron llevados a la Fiscalía de Distrito Altos en San Cristóbal de Las Casas. Durante el traslado recibieron constantes ofensas consistentes en amenazas de violación a Margarita y lanzar fuera del vehículo a su hijo porque no dejaba de llorar.
El pasado 29 de enero, se acreditó tortura en contra de Margarita y David, sin embargo, el Juez del Ramo Penal del Distrito Judicial de San Cristóbal de Las Casas dictó sentencia condenatoria de ocho años de prisión por el delito de homicidio, sin tomar en cuenta las violaciones graves a derechos humanos que hacían el proceso ilegal e injusto.
Este 14 de octubre, tras una serie de diligencias jurídicas, obtuvieron su libertad Margarita Gómez López y David Hernández Gómez, indígenas tsotsiles, quienes estuvieron más de dos años en detención en el Centro Estatal de Reinserción Social de Sentenciados (CERSS No. 5), en San San Cristóbal de Las Casas.
Aunque es preciso mencionar que la liberación de Margarita y David, no es un triunfo, puesto que su libertad se logró a través de la figura de “sentencia suspendida”.
La causa penal 240/ 2014 se encontraba en el Juzgado del Ramo Penal del Distrito Judicial de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, ahí mismo se determinó un mecanismo que condiciona su libertad, pero no reconoce la inocencia de quienes se autoinculparon a consecuencia de la tortura, la cual se comprobó debidamente.
“Lo que significa que deja en la impunidad violaciones a derechos humanos como la detención arbitraria, faltas al debido proceso así como violaciones a derechos humanos de las mujeres”, denuncia Frayba, por medio de un documento hecho llegar a este medio.
Además, se asegura en el mismo texto que “el caso de Margarita y David, no es aislado, representa un patrón de violaciones a derechos humanos que de manera sistemática vulnera a población especialmente indígena y en extrema pobreza, quienes se encuentran sin protección ante un sistema que utiliza la tortura como método para fabricar culpables y como una forma de quebrantar a las personas, violentar su integridad personal con efectos en su entorno social, comunitario, su organización y familia”.
Cabe señalar que la familia de Margarita y David fueron severamente dañados, porque además de mantenerse separados, sus hijos tuvieron que vivir en casas de adopción, en donde una de las niñas sufrió un intento de abuso sexual, por lo que tuvieron que vivir en la calle, ya que escaparon ante el miedo que se volviera a repetir.
En tanto, Frayba reitera que, “a Margarita y David se les afectó su proyecto de vida, generando ruptura familiar, desarraigo comunitario, desamparo en sus hijos e hijas y se les expuso al estigma social al ser considerados responsables de un delito que no cometieron.
Señalamos que las instancias de procuración de justicia están en una crisis profunda de corrupción que lacera a la sociedad y obedece a un sistema de represión. Urgimos haya una observancia puntual con el nuevo sistema judicial para que respete y garantice la presunción de inocencia, al debido proceso legal y garantías de no repetición donde la tortura sea erradicada”.
El grupo de activistas del Frayba, aseveran que, “el gobierno de Chiapas mantiene una práctica generalizada y sistémica de actos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes y las privaciones arbitrarias de la libertad en contra de personas de manera indiscriminada; perpetradas principalmente por funcionarios de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) como método de investigación privilegiado”.

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